martes, 30 de julio de 2013

Multas de tráfico en UE

Se acabó pisar el acelerador más de la cuenta al cruzar la frontera, ignorar los semáforos en terceros países o hablar por el móvil al volante más allá de los Pirineos sin temor a ser castigado. Hasta ahora, los conductores españoles podían hacer saltar el radar en las carreteras francesas con la tranquilidad de que la multa rara vez llegaría a sus domicilios. Sin embargo, a partir del próximo jueves, 1 de agosto, esa impunidad se termina. España y Francia compartirán datos de tráfico para que los conductores nacionales que sean sancionados por exceso de velocidad en el país vecino reciban la notificación de la sanción correspondiente.
«Los conductores españoles que transiten este verano por las carreteras de Francia han de tener en cuenta que, además de cumplir todas las normas de circulación, deberán prestar especial atención a los excesos de velocidad». Así de claro advirtió ayer a los conductores la Dirección General de Tráfico (DGT) sobre las consecuencias del acuerdo suscrito con el país galo. De la misma manera, los conductores con matrícula francesa que cometan una infracción en suelo español recibirán la consiguiente notificación de la DGT, del Servicio Catalán de Tráfico (SCT) y del Gobierno Vasco, que tienen las competencias transferidas en Cataluña-.
En realidad, este acuerdo forma parte de la directiva europea 2011/82 que permitirá a los países miembros de la UE tener acceso a los registros de vehículos de otros Estados y remitir a los infractores el procedimiento sancionador.

Antes de noviembre
Esta normativa entrará en vigor a partir de noviembre de este año en todo el territorio europeo, aunque Francia y España han firmado un convenio para avanzar su aplicación.
Desde la propia DGT reconocen que el objetivo es acabar con la «impunidad» de la que gozaban estos conductores, ya que no había una base de datos compartida y de esta manera los infractores nunca hacían frente a ninguna sanción.
De hecho, en la actualidad una de cada cuatro multas cometidas en Europa por conductores que no residen en esos países queda impune por la dificultad de identificar al titular.

Beneficio de la seguridad
En cualquier caso, aunque el acuerdo entre Francia y España se refiere al exceso de velocidad, la directiva europea amplía las infracciones de tráfico en las que se podrá aplicar estas multas transfronterizas: no utilización del cinturón de seguridad, saltarse un semáforo en rojo, conducir bajo los efectos del alcohol y las drogas, no llevar casco, circular por un carril bus prohibido o utilizar el teléfono móvil al volante.
La Dirección General de Tráfico explicó que la desaparición de las fronteras dentro de la Unión Europea favorece el libre tránsito de los ciudadanos, «pero es necesario compaginar esta movilidad con el respeto de las normas de tráfico en beneficio de la seguridad vial».

martes, 2 de julio de 2013

Baja el precio de llamadas desde fuera

El precio de usar Internet en el móvil en otro Estado miembro de la Unión Europea baja a partir de este lunes un 36%, hasta situarse en un máximo de 45 céntimos por mega (sin incluir el IVA), según establece el reglamento comunitario que fija las tarifas máximas de 'roaming'.

BRUSELAS. A partir de este lunes se reduce también el precio de efectuar llamadas en el extranjero en un 17% (hasta situarse en 24 céntimos por minuto), el de recibir llamadas en un 12,5% (hasta 7 céntimos por minuto) y el de enviar mensajes de texto en un 11% (8 céntimos).
Por primera vez, el reglamento se aplicará a Croacia, que accede a la UE este 1 de julio, lo que significa que los servicios de itinerancia para los turistas que viajen a este país resultarán hasta 15 veces más baratos.
Los operadores tienen libertad para ofrecer tarifas más baratas (algunos ya han comenzado a eliminar los costes adicionales para la itinerancia de voz y de mensajes de texto) o para ofrecer una zona de itinerancia libre en una sección de Europa o en otra, según se establece en la norma.
Con esta nueva reducción, los servicios de itinerancia para descarga de datos -por ejemplo para utilizar mapas, ver vídeos, leer correos o actualizar las redes sociales- serán hasta un 91% más baratos en comparación con 2007. Durante este periodo, el mercado de 'roaming' ha crecido un 630%, según los datos de la Comisión.
Por su parte, el coste de llamadas y mensajes de texto ha caído hasta un 80%. El Ejecutivo comunitario tiene previsto hacer en los próximos meses una propuesta legislativa para suprimir totalmente los recargos por 'roaming'.
"Las últimas reducciones de precios suponen un ahorro de dinero para el verano y son un paso decisivo hacia la eliminación definitiva de estos costes adicionales. Esto es positivo tanto para los consumidores como para las empresas, por cuanto se elimina el temor del mercado y le permite crecer", ha dicho la comisaria de Telecomunicaciones, Neelie Kroes.

lunes, 1 de julio de 2013

Precios sin IVA y SM

Según advierten las asociaciones de usuarios, esta extendida esta costumbre y es “ilegal” ya que la normativa vigente obliga a los hosteleros a mostrar en sus menúes y platos de carta “el precio completo, incluido impuestos” . Facua recomienda, en caso de incumplimiento, “pedir la hoja de reclamaciones y negarse a pagar el sobrecoste” .
Ya sea un restaurante orlado por estrellas Michelin o una tasca de medio pelo, la costumbre de abaratar ficticiamente el precio que paga el consumidor está demasiado extendida para ser una soberana ilegalidad. En un rudimentario sondeo realizado por esta redactora, de diez cartas consultadas en las webs de otros tantos establecimientos vascos, entre ellos algunos de mucho postín, siete advertían de que no se incluía el IVA en los precios. Es decir, que para saber exactamente cuánto vamos a pagar, tenemos que hacer el esfuerzo de calcular un 10% más sobre la tarifa establecida por el hostelero. En realidad, el IVA es un impuesto indirecto sobre el consumo, es decir costeado exclusivamente por el consumidor final y que el propietario del restaurante no se embolsa y se limita a recaudar. Pero escamotear su cuantía, a pesar de que se haga constar en la letra pequeña de la carta, supone un menoscabo en el derecho de información y transparencia del coste del servicio que va a pagar el cliente.
Según aclaran desde Facua, esta práctica vulnera la Ley de Mejora de la Protección de los Consumidores y Usuarios. Según la normativa vigente, “en toda información al consumidor sobre el precio de los bienes o servicios, incluida la publicidad, se informará del precio final completo, desglosando, en su caso, el importe de los incrementos o descuentos que sean de aplicación, de los gastos que repercutan al consumidor y usuario y de los gastos adicionales por servicios accesorios, financiación y otras condiciones de pago similares”. Hace unos años, una denuncia de esta organización obligó al Grupo Vips a incluir el IVA en las cartas de los más de 300 establecimientos de esta cadena.
Rechace ‘precios según mercado’
Otra práctica también muy frecuente e igualmente ilegal es la inclusión de platos en la carta con ‘precio según mercado’. Normalmente se trata de productos caros y de temporada; casi siempre son pescados y mariscos cuyo coste es muy variable en función de las cantidades que entren en la lonja. De este modo, el hostelero no se la juega estableciendo de antemano un precio inferior al que acabará pagando en el mercado mayorista. Pero esta práctica está expresamente prohibida por la ley ya que crea inseguridad en el cliente, que no sabe a ciencia cierta lo que va a pagar, además de abrir la puerta a la picaresca de inflar los precios de forma injustificada y que el besugo nos acabe costando como si fuese sangre de unicornio. Lo mismo ocurre con esos suculentos productos que el maître nos ofrece fuera de carta como un bocado tan exquisito como inesperado; los restaurantes y cafeterías de primera categoría tienen la obligación de exhibir todos los platos de su oferta gastronómica con sus correspondientes precios en un lugar visible del establecimiento. Para que luego no haya sustos a la hora de pasar por caja.